La principal función de un concejal es ejercer el control político de su administración municipal.
Estos funcionarios, al igual que los congresistas, pueden utilizar la moción de censura contra los funcionarios territoriales que no realicen de manera idónea su labor.
Los concejos municipales tienen ciertas funciones para coadministrar con los gobernadores y los alcaldes; pero esto solo ocurre en caso de que se realicen planes de desarrollo económico, financieros, crediticios, de turismo, transporte, obras públicas, vías, uso del suelo. También participan en la adopción, mediante de acuerdo a la ley, del presupuesto de cada vigencia. A continuación encontrarás enumeradas dichas funciones.
1. Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.
2. Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas.
3. Autorizar al alcalde para celebrar contratos y ejercer pro tempore precisas funciones de las que corresponden al Concejo.
4. Votar de conformidad con la Constitución y la ley los tributos y los gastos locales.
5. Dictar las normas orgánicas del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos.
6. Determinar la estructura de la administración municipal y las funciones de sus dependencias; las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos; crear, a iniciativa del alcalde, establecimientos públicos y empresas industriales o comerciales y autorizar la constitución de sociedades de economía mixta.
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7. Reglamentar los usos del suelo y, dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.
8. Elegir Personero para el período que fije la ley y los demás funcionarios que ésta determine.
9. Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.
10. Las demás que la Constitución y la ley le asignen.


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